Ejemplos de Contrato De Maquila

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El contrato de maquila, es un contrato de prestación de servicios, pero dirigido exclusivamente a la maquila, y la maquila puede referirse a la confección de ropa, preparación de alimentos o manufacturación de productos específicos.

Ejemplo de contrato de maquila:

Contrato de Maquila

Contrato de maquila celebrado por una parte por la empresa “TAMALESRICOS- OAXAQUEÑOS. S.A. DE C.V.”  Representada por el Sr. Virgilio Villanueva Obrador  quien se encuentra debidamente identificado con (poner los generales de identificación) y por la otra “Importadores americanos Nautilus Inc.,” representada por el Sr. John Smith Brown, Quien esta debidamente identificado con (poner los generales de identificación). En lo sucesivo, la empresa “TAMALESRICOS-OAXAQUEÑOS” se identificará dentro del contrato como “La Empresa” y a “IMPORTADORES AMERICANOS NAUTILUS INC” como “La Contratante” Quienes se asumirán a las siguientes declaraciones y cláusulas

DECLARACIONES:

1.- La "LA EMPRESA" Manifiesta:

a)     Ser una empresa plena y legalmente constituida en el Estado de Oaxaca y conforme a las  leyes del estado y del país.
b)     Tener como domicilio físico y fiscal la Av. Revolución Mexicana Número 654 colonia Manilla, Municipio de Agua Blanca Oaxaca.
c)     Dedicarse a la rama de producción de alimentos regionales (Tamales estilo oaxaqueño)

2.- La “CONTRATISTA” Manifiesta:

a)     Ser una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes del estado de Washington d.C. Estados unidos.
b)     Tener un domicilio fiscal y legalmente constituido en Av. Washington núm. 652. Washington D.C. Estados Unidos.

3.- Ambas Empresas manifiestan:

a)     Tener un acuerdo mutuo de llevar a cabo este contrato de maquila de alimentos.

CLAUSULAS:

Primera.- “La contratista” esta obligada a contratar en forma exclusiva a “La empresa” para que esta realice la actividad de fabricación y empacado hermético de tamales oaxaqueños.

Segunda.- En caso de que “La empresa” no se encuentre en posibilidades de realizar el trabajo en tiempo y forma, podrá ser coadyuvada por empleados o empresas alternas, previamente registradas y aceptadas por ambas empresas.

Tercera.- “La Contratante” proporcionará la materia prima indispensable para la elaboración del producto deseado.

Cuarta.- El trabajo terminado, será empacado y preparado para su debida importación a los Estados Unidos, conforme a lo establecido en éste contrato y conforme a las leyes de ambas naciones.

Sexta.- “La Contratante” se abstendrá de adjudicarse el derecho de propiedad intelectual, respecto a los productos que se estén realizando, dejando todos los derechos a la Empresa contratada.

Séptima.- “La empresa” contratada, se abstendrá de enajenar, vender o disponer de las herramientas y productos propiedad de la Empresa contratante, sin contar con la autorización correspondiente.

Octava.- “La Empresa” contratada así como “La contratante” Entregarán las muestras que las autoridades sanitarias de ambas naciones requieran en la forma y disposiciones correspondientes.

Novena.- En caso de comercialización en el país de la empresa productora, se realizará previo acuerdo entre ambas empresas, que fijarán el precio correspondiente.

Décima.- La empresa contratante, conservará la propiedad de todos los equipos, y maquinarias que proporcione a la empresa contratada, quien los tendrá en carácter de depositario, conservándolos en buen estado, y liberados de cualesquier gravamen, afectación de índole legal, y en caso de que lo hubiere, hará comunicado oficial a la empresa contratante, para llevar las diligencias correspondientes.

Décima Primera.- Las partes contratantes, han convenido en pagar por paquete armado la cantidad de 19 Dólares Americanos,  (Diecinueve Dólares).

Décima Segunda.- “La contratante” se compromete a cumplir con las leyes y reglamentos existentes en México, con el fin de evitar las sanciones y cumplir con los impuestos y cuotas correspondientes, así como auditar tanto ganancias como maquinarias que sean propiedad de la empresa contratante.

Décima Tercera.- “La contratista” tiene la facultad para ofrecer la maquinaria y equipo como garantía de créditos fiscales o civiles que determinen las autoridades del país.

Décimo Cuarta.-  La empresa contratada, pondrá a disposición de la Contratante el personal calificado para los propósitos siguientes:

a)     Para que sean cumplidas plenamente las obligaciones asumidas conforme al presente contrato.
b)     Puedan ser asegurados en forma efectiva, las herramientas, refacciones y materia prima.
c)     Administrar las instalaciones y dirigirlas por personal altamente capacitado y técnicamente eficiente.

Décima Quinta.- Entre los puntos de asistencia establecida en el párrafo anterior se incluirán:

a)     Asesoría en términos laborales conforme a las leyes nacionales y derechos y obligaciones que correspondan conforme a derecho.
b)     Asesoría en la compra y distribución de materias primas dentro del territorio nacional.

Décima Sexta.- La vigencia del presente contrato será de 15 años, con posibilidad de renovarse automáticamente al día siguiente de finalizado el presente. Y en caso de requerirse el fin del mismo antes de culminado el plazo del presente, se deberá hacer el anuncio con 60 días naturales de anticipación, y podrá realizarla cualquiera de las partes interesadas.

Décima Séptima.- Toda notificación realizada conforme a la ley, deberá presentarse por escrito ya sea presentada en forma personal o por cualquier otro medio.

Para la realización de este trámite estará autorizado un representante por cada empresa:

a)     para la contratante el Sr. (Nombre de la persona autorizada) y
b)     para la contratada el Sr. (Nombre de la persona autorizada).

Y serán entregadas estas notificaciones en la dirección (poner la dirección autorizada por ambas empresas para tal fin).

Décimo Octava.- Este contrato podrá terminarse por causas específicas previa notificación llevada a cavo con 60 días naturales anteriores a la fecha previamente establecida.

1.      La empresa contratada podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ella, y sin requerir resolución jurídica o arbitral previo acuerdo con la empresa contratada.
2.      Por no contar con autorización para llevar las funciones de la que la empresa debería llevar a cabo.
3.      Por no cumplir con alguna de las obligaciones previamente pactadas.
4.       En caso de insolvencia  o por liquidación
5.      Por resolución Judicial.
6.      Por incumplir con el contrato en cualquiera de sus fases o párrafos.
7.      Por incumplir con las entregas pactadas en los tiempos y formas correspondientes.
8.      Por conflictos obrero patronales y/o sindicales.

El contrato se disolverá en forma inmediata, y sin responsabilidad o resolución jurídica previa, cuando la empresa contratada

1.      Incumpla  las obligaciones derivadas del presente contrato durante un periodo de 40 días, y sin justificante alguno.
2.      Cuando no se entreguen los productos en la forma pactada sin justificante alguno.

Décimo Novena.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución, en su caso, del presente Contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción las leyes y Tribunales de la Ciudad de México Distrito Federal, renunciando a cualquier otra que pudiera corresponderles por razón de su domicilio o cualquier otra circunstancia.

Las partes firman este contrato por conducto de sus representantes debidamente autorizados el día 07 de junio de 2012.

 

Empresa Contratante              Empresa Contratada
Firma                                    Firma

¿Cómo citar? Figueroa,V. & Del Moral, M. (s.f.). Ejemplos de Contrato De Maquila.Ejemplo de. Recuperado el 13 de Junio de 2024 de https://www.ejemplode.com/47-contratos/2179-ejemplo_de_contrato_de_maquila.html

Escrito por:
Victor Humberto Clemenceau Figueroa
Licenciatura en Filosofía
Universidad Abierta de México
Editado por:
Mauricio del Moral Durán
Master en Comunicación
Universidad Intercontinental
Creado el: 2012-06-08
Última modificación: 2012-06-08

Últimos 10 comentarios

  1. ejemplo de contrato de maquila para aplicar en venezuela
    Por oscar uribe 2014-12-09 a las 0:20:27

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