Qué es y qué resuelve
El contrato individual de trabajo deja constancia de las condiciones de una relación laboral subordinada. Debe identificar a las partes y describir el servicio, lugar, duración, jornada, salario, capacitación y demás condiciones aplicables.
Se utiliza al iniciar una relación laboral o al documentar correctamente sus condiciones. La ausencia o deficiencia del escrito no debe trasladar sus consecuencias a la persona trabajadora.
Si existe un contrato colectivo de trabajo aplicable, las condiciones individuales deben respetar sus mejoras.
Qué debes definir antes de redactarlo
- Identidad, domicilio y facultades de las partes.
- Puesto, funciones y lugar efectivo de trabajo.
- Duración y, si corresponde, modalidad permitida.
- Jornada, descansos, salario y forma de pago.
- Prestaciones, seguridad social y herramientas.
- Anexos de funciones, privacidad o trabajo remoto.
Cláusulas y función de cada una
| Cláusula | Qué debe dejar claro |
|---|---|
| Puesto y funciones | Servicio contratado, responsabilidades y límites razonables. |
| Duración | Tipo de relación y fecha de inicio. |
| Jornada | Horario, descansos y tratamiento del tiempo extraordinario. |
| Salario | Monto bruto, periodicidad, medio de pago y conceptos adicionales. |
| Prestaciones | Derechos legales y beneficios superiores aplicables. |
| Terminación | Remisión a causas y procedimientos legales, sin renuncias anticipadas. |
Por obra, por tiempo determinado o indefinido
En México no basta con escribir una fecha final para justificar temporalidad. La obra debe tener naturaleza delimitada; el plazo necesita una causa admitida por la Ley Federal del Trabajo, como sustituir temporalmente a otra persona. Si al vencer el término subsiste la materia del trabajo, debe revisarse la continuidad prevista en el artículo 39.
| Modalidad | Qué debe justificar el documento |
|---|---|
| Tiempo indeterminado | Una necesidad ordinaria y continua, sin término pactado. |
| Obra determinada | Un trabajo delimitado por su naturaleza y un criterio objetivo para comprobar su conclusión. Una fecha estimada no reemplaza ese criterio. |
| Tiempo determinado | La causa legal y real de la temporalidad, su duración y qué sucede si esa causa continúa. |
Estos ejemplos son relaciones laborales subordinadas. Un encargo profesional independiente por honorarios requiere otro análisis: llamarlo servicio no elimina una relación laboral que exista en los hechos.

3 ejemplos de contrato individual de trabajo
Son tres alternativas independientes: una contratación indefinida, una obra delimitada y una sustitución temporal. Se mantienen las mismas partes para comparar qué cambia; no deben firmarse juntas como si fueran un solo contrato.
1. Contratación indefinida de una auxiliar administrativa
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
En Guadalajara, Jalisco, a 12 de agosto de 2026, celebran este contrato:
I. Servicios Administrativos del Valle, S.A. de C.V., con RFC SAV260101AA1 y domicilio en Avenida Vallarta 810, Guadalajara, Jalisco, representado por Rocío Lara Fuentes, en adelante EL PATRÓN.
II. Daniela Ruiz Soto, mexicana, de 36 años, sexo femenino, soltera, con CURP RUSD900101MJCLTN01, RFC RUSD900101AA1 y domicilio en Calle Cedro 24, Guadalajara, Jalisco, en adelante LA PERSONA TRABAJADORA.
DECLARACIONES
1. EL PATRÓN declara que realiza la actividad servicios administrativos y requiere el puesto descrito en este contrato.
2. LA PERSONA TRABAJADORA declara que cuenta con la experiencia y documentación necesarias para desempeñar el puesto.
3. Ambas partes manifiestan que los datos proporcionados son correctos y que celebran el contrato sin engaño ni coacción.
CLÁUSULAS
PRIMERA. PUESTO. LA PERSONA TRABAJADORA prestará servicios personales subordinados como auxiliar administrativa. Sus funciones principales se describen en el Anexo A. Las tareas relacionadas deberán ser compatibles con el puesto y la ley.
SEGUNDA. DURACIÓN. La relación será por tiempo indeterminado y comenzará el 17 de agosto de 2026. No se pacta periodo de prueba ni capacitación inicial en esta contratación.
TERCERA. LUGAR. Los servicios se prestarán en Avenida Vallarta 810, Guadalajara, Jalisco. Los cambios temporales o permanentes se comunicarán y deberán respetar la naturaleza del puesto y la legislación aplicable.
CUARTA. JORNADA. La jornada ordinaria será de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00, con descanso de 13:00 a 14:00 para alimentos, durante el cual puede salir y disponer libremente de su tiempo. La jornada efectiva es de siete horas diarias; sábados y domingos son días de descanso. Si debe permanecer a disposición del patrón durante la pausa, se computará como tiempo de trabajo. El tiempo extraordinario requerirá autorización y se registrará y pagará conforme a la ley.
QUINTA. SALARIO. EL PATRÓN pagará un salario bruto de $14,000.00 MXN por mes, mediante transferencia bancaria consentida por la trabajadora a la cuenta que designa por escrito, los días 15 y último de cada mes; si no son laborables se anticipa al día hábil anterior. El recibo distinguirá salario, prestaciones, deducciones autorizadas y pago neto.
SEXTA. DESCANSOS Y VACACIONES. LA PERSONA TRABAJADORA disfrutará de descansos, vacaciones, prima vacacional y días obligatorios conforme a la ley y a las prestaciones superiores descritas en el Anexo B.
SÉPTIMA. PRESTACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. EL PATRÓN realizará las inscripciones y aportaciones que correspondan y otorgará las prestaciones indicadas en el Anexo B.
OCTAVA. HERRAMIENTAS. EL PATRÓN proporcionará las herramientas y equipo necesarios, inventariados en el Anexo C. Su uso y devolución se regirán por instrucciones razonables y no implicarán descuentos automáticos no permitidos.
NOVENA. CAPACITACIÓN Y SEGURIDAD. LA PERSONA TRABAJADORA participará en la capacitación relacionada con su puesto. EL PATRÓN informará los riesgos y proporcionará medidas y equipo de seguridad.
DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS. Solo se protegerá información identificada y legítimamente confidencial. Esta cláusula no impedirá denunciar hechos, ejercer derechos ni comunicar información permitida por la ley. Los datos personales se tratarán conforme al aviso aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. IGUALDAD Y TRATO DIGNO. Las partes mantendrán un entorno sin discriminación, violencia, hostigamiento ni acoso y utilizarán los canales de atención establecidos.
DÉCIMA SEGUNDA. REGLAS INTERNAS. LA PERSONA TRABAJADORA recibirá copia de las políticas y del reglamento aplicables. Ninguna regla interna podrá reducir derechos legales o modificar este contrato de forma unilateral.
DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN. La suspensión, rescisión o terminación se regirá por las causas y procedimientos legales. Este contrato no contiene renuncia anticipada de derechos.
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. Para comunicaciones laborales se usarán Avenida Vallarta 810; personal@example.test y Calle Cedro 24; daniela.ruiz@example.test, sin sustituir formalidades legales obligatorias.
DÉCIMA QUINTA. INTEGRIDAD. Los anexos A, B y C forman parte del contrato. Toda modificación deberá constar por escrito, ser comprensible y respetar la ley.
Leído y comprendido el contrato, las partes reciben un ejemplar firmado.
EL PATRÓN LA PERSONA TRABAJADORA
Rocío Lara Fuentes Daniela Ruiz Soto
ANEXO A. FUNCIONES Y SEGUIMIENTO
Daniela integra expedientes, registra correspondencia y conserva controles; coordina citas, llamadas y solicitudes internas, y actualiza hojas de control y reportes administrativos. Rocío Lara asigna prioridades y revisa el reporte semanal. La inducción de la primera semana cubre archivo, sistema interno, protección de datos y seguridad, dentro de la jornada pagada; no es un periodo de prueba.
ANEXO B. PRESTACIONES Y BENEFICIARIA
Se reconocen seguridad social desde el inicio, aguinaldo de quince días como mínimo, vacaciones conforme a antigüedad y prima vacacional del 25% como mínimo, sin reducir cualquier derecho superior aplicable. Al cumplir el primer año corresponden al menos doce días de vacaciones. No se pactan vales ni bonos adicionales en este caso. Las prestaciones proporcionales se calculan cuando proceda.
Daniela designa a Carla Ruiz Soto, su hermana, para los efectos del artículo 25, fracción X, de la LFT, sin desplazar los derechos que legalmente correspondan a otras personas beneficiarias. Los datos de identificación y contacto se incorporan a la designación firmada y pueden actualizarse por escrito. Firma de designación: Daniela Ruiz Soto.
ANEXO C. ENTREGA DE HERRAMIENTAS
El 17 de agosto se entrega laptop DV-8841 con cargador y funda, en estado funcional. Se habilitan correo corporativo y sistema interno con permisos acordes al puesto. Daniela confirma recepción y reporta fallos a Rocío; al devolver se registra estado y accesorios, sin descuentos automáticos por desgaste normal. Reciben copia de estos anexos Rocío Lara Fuentes y Daniela Ruiz Soto y firman de conformidad.
2. Digitalización de un archivo cerrado por obra determinada
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
En Guadalajara, Jalisco, a 12 de agosto de 2026, celebran este contrato:
I. Servicios Administrativos del Valle, S.A. de C.V., con RFC SAV260101AA1 y domicilio en Avenida Vallarta 810, Guadalajara, Jalisco, representado por Rocío Lara Fuentes, en adelante EL PATRÓN.
II. Daniela Ruiz Soto, mexicana, de 36 años, sexo femenino, soltera, con CURP RUSD900101MJCLTN01, RFC RUSD900101AA1 y domicilio en Calle Cedro 24, Guadalajara, Jalisco, en adelante LA PERSONA TRABAJADORA.
DECLARACIONES
1. EL PATRÓN declara que realiza la actividad servicios administrativos y requiere el puesto descrito en este contrato.
2. LA PERSONA TRABAJADORA declara que cuenta con la experiencia y documentación necesarias para desempeñar el puesto.
3. Ambas partes manifiestan que los datos proporcionados son correctos y que celebran el contrato sin engaño ni coacción.
CLÁUSULAS
PRIMERA. PUESTO. LA PERSONA TRABAJADORA prestará servicios personales subordinados como técnica de digitalización del archivo histórico 2020-2023. Sus funciones principales se describen en el Anexo A. Las tareas relacionadas deberán ser compatibles con el puesto y la ley.
SEGUNDA. DURACIÓN. La relación será por obra determinada: digitalizar y catalogar los 800 expedientes cerrados de 2020 a 2023 identificados en el inventario ARCH-800, sin incorporar expedientes nuevos. Comienza el 17 de agosto de 2026 y concluye cuando se complete esa obra, con verificación conjunta de los archivos y del catálogo. Se estima terminar el 30 de octubre; esa fecha no extingue la relación si subsiste la materia del trabajo. No se pacta periodo de prueba.
TERCERA. LUGAR. Los servicios se prestarán en Avenida Vallarta 810, Guadalajara, Jalisco. Los cambios temporales o permanentes se comunicarán y deberán respetar la naturaleza del puesto y la legislación aplicable.
CUARTA. JORNADA. La jornada ordinaria será de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00, con descanso de 13:00 a 14:00 para alimentos, durante el cual puede salir y disponer libremente de su tiempo. La jornada efectiva es de siete horas diarias; sábados y domingos son días de descanso. Si debe permanecer a disposición del patrón durante la pausa, se computará como tiempo de trabajo. El tiempo extraordinario requerirá autorización y se registrará y pagará conforme a la ley.
QUINTA. SALARIO. EL PATRÓN pagará un salario bruto de $14,000.00 MXN por mes, mediante transferencia bancaria consentida por la trabajadora a la cuenta que designa por escrito, los días 15 y último de cada mes; si no son laborables se anticipa al día hábil anterior. El recibo distinguirá salario, prestaciones, deducciones autorizadas y pago neto.
SEXTA. DESCANSOS Y VACACIONES. LA PERSONA TRABAJADORA disfrutará de descansos, vacaciones, prima vacacional y días obligatorios conforme a la ley y a las prestaciones superiores descritas en el Anexo B.
SÉPTIMA. PRESTACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. EL PATRÓN realizará las inscripciones y aportaciones que correspondan y otorgará las prestaciones indicadas en el Anexo B.
OCTAVA. HERRAMIENTAS. EL PATRÓN proporcionará las herramientas y equipo necesarios, inventariados en el Anexo C. Su uso y devolución se regirán por instrucciones razonables y no implicarán descuentos automáticos no permitidos.
NOVENA. CAPACITACIÓN Y SEGURIDAD. LA PERSONA TRABAJADORA participará en la capacitación relacionada con su puesto. EL PATRÓN informará los riesgos y proporcionará medidas y equipo de seguridad.
DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS. Solo se protegerá información identificada y legítimamente confidencial. Esta cláusula no impedirá denunciar hechos, ejercer derechos ni comunicar información permitida por la ley. Los datos personales se tratarán conforme al aviso aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. IGUALDAD Y TRATO DIGNO. Las partes mantendrán un entorno sin discriminación, violencia, hostigamiento ni acoso y utilizarán los canales de atención establecidos.
DÉCIMA SEGUNDA. REGLAS INTERNAS. LA PERSONA TRABAJADORA recibirá copia de las políticas y del reglamento aplicables. Ninguna regla interna podrá reducir derechos legales o modificar este contrato de forma unilateral.
DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN. La suspensión, rescisión o terminación se regirá por las causas y procedimientos legales. Este contrato no contiene renuncia anticipada de derechos.
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. Para comunicaciones laborales se usarán Avenida Vallarta 810; personal@example.test y Calle Cedro 24; daniela.ruiz@example.test, sin sustituir formalidades legales obligatorias.
DÉCIMA QUINTA. INTEGRIDAD. Los anexos A, B y C forman parte del contrato. Toda modificación deberá constar por escrito, ser comprensible y respetar la ley.
Leído y comprendido el contrato, las partes reciben un ejemplar firmado.
EL PATRÓN LA PERSONA TRABAJADORA
Rocío Lara Fuentes Daniela Ruiz Soto
ANEXO A. FUNCIONES Y SEGUIMIENTO
La obra comprende preparar, digitalizar y catalogar los 800 expedientes del inventario ARCH-800. Daniela registra código, número de páginas y ubicación digital; Rocío verifica legibilidad y correspondencia con el original. Cada semana se documentan expedientes concluidos y pendientes. La conclusión exige 800 registros verificables y un acta que identifique entregables y observaciones, sin sustituir causas o procedimientos legales. No incluye atención de correspondencia corriente ni archivo futuro. La inducción sobre escáner, protección de datos y manejo documental se realiza dentro de la jornada pagada.
ANEXO B. PRESTACIONES Y BENEFICIARIA
Se reconocen seguridad social desde el inicio, aguinaldo de quince días como mínimo, vacaciones conforme a antigüedad y prima vacacional del 25% como mínimo, sin reducir cualquier derecho superior aplicable. Al cumplir el primer año corresponden al menos doce días de vacaciones. No se pactan vales ni bonos adicionales en este caso. Las prestaciones proporcionales se calculan cuando proceda.
Daniela designa a Carla Ruiz Soto, su hermana, para los efectos del artículo 25, fracción X, de la LFT, sin desplazar los derechos que legalmente correspondan a otras personas beneficiarias. Los datos de identificación y contacto se incorporan a la designación firmada y pueden actualizarse por escrito. Firma de designación: Daniela Ruiz Soto.
ANEXO C. ENTREGA DE HERRAMIENTAS
El 17 de agosto se entrega laptop DV-8841 con cargador y funda y escáner SC-221 con alimentación automática, ambos en estado funcional. Se habilitan correo corporativo y sistema interno con permisos acordes al puesto. Daniela confirma recepción y reporta fallos a Rocío; al devolver se registra estado y accesorios, sin descuentos automáticos por desgaste normal. Reciben copia de estos anexos Rocío Lara Fuentes y Daniela Ruiz Soto y firman de conformidad.
Por qué funciona: La modalidad se apoya en un archivo cerrado, un volumen identificable y un resultado verificable. No basta llamar proyecto a una tarea administrativa permanente. El salario remunera trabajo subordinado durante la obra; no es un precio civil por entregar un producto.
3. Sustitución temporal de una auxiliar administrativa
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
En Guadalajara, Jalisco, a 12 de agosto de 2026, celebran este contrato:
I. Servicios Administrativos del Valle, S.A. de C.V., con RFC SAV260101AA1 y domicilio en Avenida Vallarta 810, Guadalajara, Jalisco, representado por Rocío Lara Fuentes, en adelante EL PATRÓN.
II. Daniela Ruiz Soto, mexicana, de 36 años, sexo femenino, soltera, con CURP RUSD900101MJCLTN01, RFC RUSD900101AA1 y domicilio en Calle Cedro 24, Guadalajara, Jalisco, en adelante LA PERSONA TRABAJADORA.
DECLARACIONES
1. EL PATRÓN declara que realiza la actividad servicios administrativos y requiere el puesto descrito en este contrato.
2. LA PERSONA TRABAJADORA declara que cuenta con la experiencia y documentación necesarias para desempeñar el puesto.
3. Ambas partes manifiestan que los datos proporcionados son correctos y que celebran el contrato sin engaño ni coacción.
CLÁUSULAS
PRIMERA. PUESTO. LA PERSONA TRABAJADORA prestará servicios personales subordinados como auxiliar administrativa en sustitución temporal de Elena Torres Gil. Sus funciones principales se describen en el Anexo A. Las tareas relacionadas deberán ser compatibles con el puesto y la ley.
SEGUNDA. DURACIÓN. La relación será por tiempo determinado, del 17 de agosto al 30 de septiembre de 2026, para sustituir a Elena Torres Gil durante la licencia temporal documentada en el registro RH-26-082. Las funciones corresponden a su puesto y no a una vacante definitiva. Si al vencer el término subsiste la materia del trabajo, se atenderá su continuidad conforme a la ley y se documentará la situación real. Una variación en la fecha de reincorporación no autoriza renuncias de derechos ni una terminación arbitraria. No se pacta periodo de prueba.
TERCERA. LUGAR. Los servicios se prestarán en Avenida Vallarta 810, Guadalajara, Jalisco. Los cambios temporales o permanentes se comunicarán y deberán respetar la naturaleza del puesto y la legislación aplicable.
CUARTA. JORNADA. La jornada ordinaria será de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00, con descanso de 13:00 a 14:00 para alimentos, durante el cual puede salir y disponer libremente de su tiempo. La jornada efectiva es de siete horas diarias; sábados y domingos son días de descanso. Si debe permanecer a disposición del patrón durante la pausa, se computará como tiempo de trabajo. El tiempo extraordinario requerirá autorización y se registrará y pagará conforme a la ley.
QUINTA. SALARIO. EL PATRÓN pagará un salario bruto de $14,000.00 MXN por mes, mediante transferencia bancaria consentida por la trabajadora a la cuenta que designa por escrito, los días 15 y último de cada mes; si no son laborables se anticipa al día hábil anterior. El recibo distinguirá salario, prestaciones, deducciones autorizadas y pago neto.
SEXTA. DESCANSOS Y VACACIONES. LA PERSONA TRABAJADORA disfrutará de descansos, vacaciones, prima vacacional y días obligatorios conforme a la ley y a las prestaciones superiores descritas en el Anexo B.
SÉPTIMA. PRESTACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. EL PATRÓN realizará las inscripciones y aportaciones que correspondan y otorgará las prestaciones indicadas en el Anexo B.
OCTAVA. HERRAMIENTAS. EL PATRÓN proporcionará las herramientas y equipo necesarios, inventariados en el Anexo C. Su uso y devolución se regirán por instrucciones razonables y no implicarán descuentos automáticos no permitidos.
NOVENA. CAPACITACIÓN Y SEGURIDAD. LA PERSONA TRABAJADORA participará en la capacitación relacionada con su puesto. EL PATRÓN informará los riesgos y proporcionará medidas y equipo de seguridad.
DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS. Solo se protegerá información identificada y legítimamente confidencial. Esta cláusula no impedirá denunciar hechos, ejercer derechos ni comunicar información permitida por la ley. Los datos personales se tratarán conforme al aviso aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. IGUALDAD Y TRATO DIGNO. Las partes mantendrán un entorno sin discriminación, violencia, hostigamiento ni acoso y utilizarán los canales de atención establecidos.
DÉCIMA SEGUNDA. REGLAS INTERNAS. LA PERSONA TRABAJADORA recibirá copia de las políticas y del reglamento aplicables. Ninguna regla interna podrá reducir derechos legales o modificar este contrato de forma unilateral.
DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN. La suspensión, rescisión o terminación se regirá por las causas y procedimientos legales. Este contrato no contiene renuncia anticipada de derechos.
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. Para comunicaciones laborales se usarán Avenida Vallarta 810; personal@example.test y Calle Cedro 24; daniela.ruiz@example.test, sin sustituir formalidades legales obligatorias.
DÉCIMA QUINTA. INTEGRIDAD. Los anexos A, B y C forman parte del contrato. Toda modificación deberá constar por escrito, ser comprensible y respetar la ley.
Leído y comprendido el contrato, las partes reciben un ejemplar firmado.
EL PATRÓN LA PERSONA TRABAJADORA
Rocío Lara Fuentes Daniela Ruiz Soto
ANEXO A. FUNCIONES Y SEGUIMIENTO
Daniela recibe el control de correspondencia, la agenda y los expedientes administrativos pendientes del puesto de Elena Torres Gil. Registra entradas, prepara reportes y coordina citas bajo supervisión de Rocío Lara. El acta de entrega RH-26-082 describe asuntos abiertos al inicio; durante la última semana se prepara el reporte de pendientes para la reincorporación. La inducción al sistema y a la protección de datos se realiza en jornada pagada. No se le asigna la creación de un puesto permanente ni una obra por entregar: la causa es cubrir la ausencia temporal identificada.
ANEXO B. PRESTACIONES Y BENEFICIARIA
Se reconocen seguridad social desde el inicio, aguinaldo de quince días como mínimo, vacaciones conforme a antigüedad y prima vacacional del 25% como mínimo, sin reducir cualquier derecho superior aplicable. Al cumplir el primer año corresponden al menos doce días de vacaciones. No se pactan vales ni bonos adicionales en este caso. Las prestaciones proporcionales se calculan cuando proceda.
Daniela designa a Carla Ruiz Soto, su hermana, para los efectos del artículo 25, fracción X, de la LFT, sin desplazar los derechos que legalmente correspondan a otras personas beneficiarias. Los datos de identificación y contacto se incorporan a la designación firmada y pueden actualizarse por escrito. Firma de designación: Daniela Ruiz Soto.
ANEXO C. ENTREGA DE HERRAMIENTAS
El 17 de agosto se entrega laptop DV-8841 con cargador y funda, en estado funcional. Se habilitan correo corporativo y sistema interno con permisos acordes al puesto. Daniela confirma recepción y reporta fallos a Rocío; al devolver se registra estado y accesorios, sin descuentos automáticos por desgaste normal. Reciben copia de estos anexos Rocío Lara Fuentes y Daniela Ruiz Soto y firman de conformidad.
Por qué funciona: Aquí el trabajo ordinario continúa, pero la contratación se justifica por una sustitución temporal concreta. La causa no es probar a Daniela ni evitar antigüedad. Deben coincidir licencia, fechas y hechos, sin revelar datos sensibles innecesarios de la persona sustituida.
Modelo completo editable
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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO En [CIUDAD Y ENTIDAD], a [FECHA], celebran este contrato: I. [NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN], con RFC [RFC DEL PATRÓN] y domicilio en [DOMICILIO DEL PATRÓN], representado por [REPRESENTANTE], en adelante EL PATRÓN. II. [NOMBRE DE LA PERSONA TRABAJADORA], de nacionalidad [NACIONALIDAD], edad [EDAD], sexo [SEXO], estado civil [ESTADO CIVIL], con CURP [CURP], RFC [RFC DE LA PERSONA TRABAJADORA] y domicilio en [DOMICILIO], en adelante LA PERSONA TRABAJADORA. DECLARACIONES 1. EL PATRÓN declara que realiza la actividad [ACTIVIDAD DE LA EMPRESA] y requiere el puesto descrito en este contrato. 2. LA PERSONA TRABAJADORA declara que cuenta con la experiencia y documentación necesarias para desempeñar el puesto. 3. Ambas partes manifiestan que los datos proporcionados son correctos y que celebran el contrato sin engaño ni coacción. CLÁUSULAS PRIMERA. PUESTO. LA PERSONA TRABAJADORA prestará servicios personales subordinados como [PUESTO]. Sus funciones principales se describen en el Anexo A. Las tareas relacionadas deberán ser compatibles con el puesto y la ley. SEGUNDA. DURACIÓN. La relación será [DURACIÓN O MODALIDAD PERMITIDA] y comenzará el [FECHA DE INICIO]. Cualquier periodo de prueba o capacitación inicial solo se aplicará si es legal, consta por escrito y cumple sus requisitos. TERCERA. LUGAR. Los servicios se prestarán en [CENTRO DE TRABAJO]. Los cambios temporales o permanentes se comunicarán y deberán respetar la naturaleza del puesto y la legislación aplicable. CUARTA. JORNADA. La jornada ordinaria será de [HORARIO Y DÍAS], con descanso de [HORARIO DE PAUSA Y POSIBILIDAD REAL DE SALIR], jornada efectiva de [HORAS] y días de descanso [DÍAS]. Si la persona no puede salir durante la pausa, se computará como tiempo efectivo. El tiempo extraordinario requerirá autorización y se registrará y pagará conforme a la ley. QUINTA. SALARIO. EL PATRÓN pagará un salario bruto de [SALARIO] por [PERIODO], mediante [FORMA Y LUGAR DE PAGO]. El recibo distinguirá salario, prestaciones, deducciones autorizadas y pago neto. SEXTA. DESCANSOS Y VACACIONES. LA PERSONA TRABAJADORA disfrutará de descansos, vacaciones, prima vacacional y días obligatorios conforme a la ley y a las prestaciones superiores descritas en el Anexo B. SÉPTIMA. PRESTACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. EL PATRÓN realizará las inscripciones y aportaciones que correspondan y otorgará las prestaciones indicadas en el Anexo B. OCTAVA. HERRAMIENTAS. EL PATRÓN proporcionará las herramientas y equipo necesarios, inventariados en el Anexo C. Su uso y devolución se regirán por instrucciones razonables y no implicarán descuentos automáticos no permitidos. NOVENA. CAPACITACIÓN Y SEGURIDAD. LA PERSONA TRABAJADORA participará en la capacitación relacionada con su puesto. EL PATRÓN informará los riesgos y proporcionará medidas y equipo de seguridad. DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS. Solo se protegerá información identificada y legítimamente confidencial. Esta cláusula no impedirá denunciar hechos, ejercer derechos ni comunicar información permitida por la ley. Los datos personales se tratarán conforme al aviso aplicable. DÉCIMA PRIMERA. IGUALDAD Y TRATO DIGNO. Las partes mantendrán un entorno sin discriminación, violencia, hostigamiento ni acoso y utilizarán los canales de atención establecidos. DÉCIMA SEGUNDA. REGLAS INTERNAS. LA PERSONA TRABAJADORA recibirá copia de las políticas y del reglamento aplicables. Ninguna regla interna podrá reducir derechos legales o modificar este contrato de forma unilateral. DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN. La suspensión, rescisión o terminación se regirá por las causas y procedimientos legales. Este contrato no contiene renuncia anticipada de derechos. DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. Para comunicaciones laborales se usarán [DOMICILIO Y CORREO DEL PATRÓN] y [DOMICILIO Y CORREO DE LA PERSONA TRABAJADORA], sin sustituir formalidades legales obligatorias. DÉCIMA QUINTA. INTEGRIDAD. Los anexos A, B y C forman parte del contrato. Toda modificación deberá constar por escrito, ser comprensible y respetar la ley. Leído y comprendido el contrato, las partes reciben un ejemplar firmado. EL PATRÓN LA PERSONA TRABAJADORA [NOMBRE Y FIRMA] [NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA TRABAJADORA] ANEXO A. FUNCIONES [TAREAS, RESPONSABLE, RESULTADOS Y CAPACITACIÓN DENTRO DE LA JORNADA] ANEXO B. PRESTACIONES Y BENEFICIARIOS [VACACIONES, PRIMA, AGUINALDO, SEGURIDAD SOCIAL Y MEJORAS REALES] [BENEFICIARIOS DESIGNADOS, IDENTIFICACIÓN, CONTACTO Y FIRMA, CONFORME A LA LEY] ANEXO C. EQUIPO [FECHA, EQUIPO, IDENTIFICADOR, ACCESORIOS, ESTADO, ENTREGA Y DEVOLUCIÓN] Conformidad y recepción de anexos: [NOMBRES Y FIRMAS]
Datos que debes cambiar
- Personas y beneficiarios
- Coteja datos personales, identificación, domicilio, representación y designación de beneficiarios.
- Puesto y lugar
- Especifica funciones reales, centro y supervisión, sin facultades de cambio ilimitadas.
- Jornada y pagos
- Ajusta horas efectivas, pausa, descansos, salario bruto, fechas y medio consentido.
- Prestaciones y equipo
- Distingue mínimos y mejoras efectivas; registra herramientas, entrega y devolución.
- Anexos y copias
- Completa funciones, prestaciones y equipo y entrega la versión firmada a cada parte.
Cómo revisar el contrato antes de usarlo
Lee el documento desde tres perspectivas: qué debe hacer cada parte, cómo se comprobará y qué ocurrirá si algo cambia o no se cumple. Si alguna respuesta depende solo de una conversación, debe documentarse en la cláusula o anexo correspondiente.
Cómo leer el contrato como un conjunto
Compara primero el puesto real con las funciones escritas. Después verifica que jornada, salario y lugar de trabajo coincidan con la operación diaria. Cualquier anexo debe complementar, no contradecir, esas condiciones.
No revises una cláusula de forma aislada. Comprueba que definiciones, anexos, fechas, importes y mecanismos de terminación no se contradigan entre sí.
Cómo adaptar el modelo
- Define la jurisdicción y comprueba si existe una formalidad, registro o modelo obligatorio.
- Sustituye todas las variables con datos verificables y completa los anexos mencionados.
- Comprueba que objeto, importes, plazos, responsabilidades y terminación describan la operación real.
- Elimina las opciones que no correspondan y evita conservar cláusulas que no entiendas.
- Solicita revisión profesional cuando el contrato afecte derechos importantes o una operación de valor relevante.
Recomendaciones de tono
Usa un lenguaje directo, verificable y coherente entre cláusulas y anexos. No ocultes condiciones importantes mediante fórmulas ambiguas.
Checklist antes de usarlo
Errores frecuentes
- No concretar personas y beneficiarios: coteja datos personales, identificación, domicilio, representación y designación de beneficiarios.
- No concretar puesto y lugar: especifica funciones reales, centro y supervisión, sin facultades de cambio ilimitadas.
- No concretar jornada y pagos: ajusta horas efectivas, pausa, descansos, salario bruto, fechas y medio consentido.
- No concretar prestaciones y equipo: distingue mínimos y mejoras efectivas; registra herramientas, entrega y devolución.
- No concretar anexos y copias: completa funciones, prestaciones y equipo y entrega la versión firmada a cada parte.
Preguntas frecuentes
No. La prestación personal subordinada mediante salario puede acreditar la relación, y la falta del escrito se atribuye al patrón sin privar a la persona trabajadora de sus derechos.
Identidad y datos requeridos de las partes, modalidad, servicios, lugar, jornada, salario, fechas y medio de pago, capacitación, descansos, vacaciones y designación de beneficiarios. Los anexos deben coincidir con el trabajo real.
Una política puede organizar procedimientos, pero no contradecir el contrato, el convenio colectivo ni la ley. Los anexos deben complementar las condiciones y entregarse con la versión firmada.
No. Las causas y consecuencias de la terminación dependen de los hechos y de la legislación aplicable; una cláusula no puede eliminar anticipadamente derechos irrenunciables.
No basta cambiarla. Hay que comprobar que la causa temporal sea válida y que corresponda al trabajo real. Si subsiste la materia del trabajo al vencer el plazo, el artículo 39 de la LFT prevé la prórroga durante ese tiempo.
Fuentes y revisión editorial
Cómo citar este artículo
Editorial Ejemplode. (2026, 2 de octubre). Contrato individual de trabajo: modelo completo en Word y PDF. https://www.ejemplode.com/escritura/contrato-individual-de-trabajo/
Fuentes consultadas
- Cámara de Diputados: Ley Federal del TrabajoRelación y contrato individual de trabajo, contenido del escrito y condiciones mínimas en México.
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