Ejemplo de Contrato Individual De Comisión Laboral

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El contrato individual de comisión laboral, es un contrato en el que se le comisiona una labor específica a un trabajador en concreto; esto es, pues, que este trabajador se encuentra facultado para realizar labores extraordinarias en una empresa.

Puede estar acompañado de la firma de testigos o redactarse en forma simple y el trabajador se encuentra plenamente protegido por la ley federal del trabajo, contando por ende con todos sus beneficios.

Ejemplo de contrato individual de comisión laboral:

CONTRATO INDIVIDUAL DE COMISIÓN LABORAL que por tiempo indeterminado celebran por una parte “Ecosistemplus S.A de C.V.” que será representado en este acto por el Sr. Fernando Gonzáles Cabrera y por la otra como trabajador el Sr. Miguel Ángel Villatoro Valdez que será al tenor de los siguientes antecedentes y cláusulas:

ANTECEDENTES:

1.- EL TRABAJADOR Miguel Ángel Villatoro Valdez,  manifiesta bajo protesta de decir verdad ser de nacionalidad mexicana de 30 años de edad, estado civil Soltero con domicilio en calle Aragón número 22 col Morales Delegación Miguel Hidalgo México D.F.

2.- EL TRABAJADOR Miguel Ángel Villatoro Valdez manifiesta que tiene la capacitación y aptitudes para desarrollar las actividades que le encomienda EL PATRÓN “Ecosistemplus S.A de C.V.” por vía de su representante

3.- EL PATRÓN “Ecosistemplus S.A de C.V.” requiere de los servicios de personal apto para el desarrollo de sus objetos sociales principal mente la actividad de: Representante de ventas nacional e internacional.

4.- El trabajador Miguel ángel Villatoro Valdez, manifiesta su conformidad en desempeñar los requerimientos de la empresa “Ecosistemplus S.A de C.V.” y establecer sus condiciones de trabajo en las cuales prestará sus servicios.

CLÁUSULAS:

Primera.- A la empresa contratante se le denominará como “EL PATRÓN” para los fines que se persiguen en este contrato y al Sr Miguel Ángel Villatoro Valdez, se le denominará como “EL TRABAJADOR”  ambas partes quedarán bajo el régimen de la ley federal del trabajo y a las referencias del presente contrato se le denominará “EL CONTRATO” y “LAS PARTES” al conjunto de individuos que intervienen en forma interesada del mismo.

Segunda.- El denominado como “EL CONTRATO” será celebrado por un tiempo indeterminado, tal y como lo establece el artículo 35 de la ley federal del trabajo, actualmente vigente y se terminará por cualesquiera de las causales legales estipuladas.

Tercera.- Los servicios que establece este contrato por parte de “EL TRABAJADOR” se llevarán a cabo con el puesto de Representante de ventas nacional e internacional, y sus labores son las siguientes:

  1. Viajar y representar en los diferentes estados y países a la empresa “Ecosistemplus S.A de C.V.” con el fin de informar sobre sus servicios de sistemas ecológicos para uso de empresas y del hogar.
  2. Hacer y recibir pedidos, contratos y alianzas en los diversos lugares a los que se vea comisionado a trabajar.
  3. Representar a la empresa “Ecosistemplus S.A de C.V.”; en forma exclusiva y no subcontratarse con otras empresas similares o diversas sin previo consentimiento o alianza del contratante.

Cuarta.- El lugar de donde prestará sus servicios el trabajador será en su Oficina ubicada en Av. Madero Número 789 despacho 85, col Industrial, Del Magdalena Contreras México Distrito Federal.

De igual forma, por su naturaleza, “EL TRABAJADOR” se trasladará en forma aleatoria, a los lugares que sus labores lo requieran, para lo cual contará con los gastos de viáticos y de imprevistos que sean necesarios, incluyendo un seguro de vida y servicios de viajero frecuente.

“EL PATRON” está comprometido a comunicarle los traslados que debe llevar a cabo con anticipación, mediante agenda que llevará por medio de un asistente.

Si el en caso de traslado de país, el cambio de horario de labores fuere distinto “EL TRABAJADOR” se allanará al mismo.

Quinta.- La jornada laboral será de ocho horas de duración o 40 horas semanales y se distribuirá conforme al siguiente horario:

  • Los días del lunes al viernes  laborará de las 9:00 A.M a las 13:00 horas y de las 15:00  a las 19: horas.
  • Los días sábados y Domingos laborará de las 1:00 a las 15:00 y en caso de encontrarse en el interior de la Republica y/o en el extranjero, sus horarios se ajustarán a las necesidades extraordinarias que lo requieran.
  • ''EL TRABAJADOR'' tendrá como mínimo una hora para sus necesidades personales y como máximo tres, las cuales pueden variar, dependiendo de las circunstancias producto de la naturaleza de su trabajo.
  • “EL TRABAJADOR”  tiene derecho al descanso de un día completo con el pago del salario correspondiente. Y queda prestablecido el día de descanso el día domingo pudiéndose cambiar a cualquier día de la semana por razones de la naturaleza del trabajo.

Sexta.-  Cando se presente el caso de que “EL TRABAJADOR” labore  los días domingos, “EL PATRON” le pagará en forma extra un 35% (Treintaicinco por ciento), en forma adicional al salario establecido, esto en forma independiente al día de descanso a que tiene derecho háyase o no transferido a otro día de la semana.

Séptima.- De conformidad en lo establecido en el artículo 74 de la ley federal de trabajo, quedarán prestablecidos como días de descanso así como al derecho de disfrutar de una prima vacacional del 25% sobre lo pagado por Vacaciones.

Octava.- “EL TRABAJADOR” Podrá recibir por parte de “EL PATRON” un capital que tendrá la función del Aguinaldo establecido en el artículo 87 de la ley Federal del trabajo, y que constará del porcentaje correspondiente por el tiempo trabajado.

Novena.- Se someterá a los exámenes médicos que establezca “EL PATRON” como lo establece el artículo 134 Fracción X de la referida ley.

  • Esta acción es con el fin de cumplir con las obligaciones biunívocas de las partes.

Decima.- “EL TRABAJADOR” será capacitado por “EL PATRON”,  en caso de ser requerido, y de igual forma “EL TRABAJADOR” aceptará y se someterá a dicha preparación o adiestramiento

Decima Primera.- “EL TRABAJADOR” se ajustará y comprometerá con las normas de seguridad y adiestramiento de la misma.

Decima Segunda.- En caso de existir, “EL TRABAJADOR” se ajustará a los reglamentos o estatutos que establezca y redacte la empresa para sus trabajadores.

Decima Tercera.- Se someterá “EL TRABAJADOR” a lo estipulado en la Ley federal del trabajo en su artículo 134, en lo relativo a sus obligaciones como trabajador.

Decima Cuarta.- Tiene la obligación “EL TRABAJADOR” a seguir puntualmente los horarios de labores establecidos, y en caso de retraso o falta injustificada, “EL PATRON” estará facultado para imponer corrección disciplinaria contenida en su reglamento interno.

Decima Quinta.- “EL TRABAJADOR” tendrá derecho a ingresar o formar un sindicato que proteja sus derechos labórales.

Decimo Sexta.- El salario, retribución y comisiones de servicio prestado se establecen como sigue:

  • Salario fijo base de $9000.00 (Nueve mil pesos M/N) y una comisión del 35% en caso de labores extraordinarias o en día de descanso.

Decimo Séptima.- Tal y como lo establece el artículo 291 de la Ley Federal del trabajo se podrá rescindir este contrato sin responsabilidad para las partes, si se disminuye de forma importante o reiterada el volumen de operaciones fuera de circunstancias justificables.

Decimo Octava.- En el caso de que el trabajo se realice en su mayoría fuera de la localidad, queda acordado que el horario de trabajo no sobrepasará las 48 horas por semana.

Decimo Novena.- El salario se pagará mediante depósito bancario en cuenta de nómina, previamente fijada y se realizará los días 1º y 15º de cada mes.

Vigésima.- Existiendo el caso y la necesidad, “EL TRABAJADOR” podrá exhibir fianza en favor de la empresa contratante por un valor máximo de 100.000.00 (Cien mil pesos M/N).

Vigésimo primera.- El manejo de los dineros, documentos, clientes y movimientos, se llevarán a cabo conforme al reglamento de la empresa.

Todo lo relacionado a los derechos del Trabajador y del patrón, que no se hayan revisado, estipulado o sujetado se someterá a la Ley Federal del trabajo.

El presente contrato, tendrá vigencia a partir del siguiente día hábil al que se firme y quede acordado por las partes.

Después de haberse leído el presente contrato, lo ratifican y firman quedando el original en la junta de conciliación y arbitraje y copias selladas se entregarán a cada una de las partes.

México Distrito Federal a 08 de agosto de 2012

“EL TRABAJADOR”                 “EL PATRON”
Firma.                                        Firma.

TESTIGO 1          TESTIGO 2
Firma.                   Firma.

¿Cómo citar? Figueroa,V. & Del Moral, M. (s.f.). Ejemplo de Contrato Individual De Comisión Laboral.Ejemplo de. Recuperado el 26 de Septiembre de 2023 de https://www.ejemplode.com/47-contratos/2258-ejemplo_de_contrato_individual_de_comision_laboral.html

Escrito por:
Victor Humberto Clemenceau Figueroa
Licenciatura en Filosofía
Universidad Abierta de México
Mauricio del Moral Durán
Mauricio del Moral, fundador y creador de Ejemplo de, es un experto en enseñanza y un apasionado del ámbito educativo desde el año 2007. Ha dedicado una considerable parte de su vida profesional al estudio y al desarrollo de contenidos educativos en formatos digitales de alta calidad. Poseedor de una Licenciatura en Ciencias de la Comunicación, Mauricio es egresado de la prestigiosa Universidad Intercontinental.
Última modificación: 2012-09-17

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