Ejemplo de Contrato De Préstamo Participativo

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Un contrato de préstamo participativo, permite realizar un préstamo con derecho de participación, aun sin ser parte de la empresa en la que realiza la inversión, y contando con todos los derechos legales que como prestamista tiene la persona ya sea física o moral, para requerir sus derechos.                                            

Este contrato, permite que una persona particular pueda realizar un préstamo a una empresa previamente establecida sin necesidad de ser parte integrante de la misma, pero con derecho a participar de los beneficios correspondientes.

De igual manera, permite que una empresa participe en otra empresa sin necesidad de convertirse en socio o inversionista registrado como tal.

La realización de este contrato, requiere por lo general de la participación de  un notario y puede tener testigos o no tenerlos, quedando esto a discreción de las partes.

Ejemplo de contrato de préstamo participativo:

Celebran el presente contrato, por una parte El C. José Alberto Peña Barranco representante de Asfaltos hidráulicos S.A de C.V., quien se identifica con cédula de identidad número (poner el número correspondiente) y con acta notariada que lo acredita como representante de dicha empresa (poner datos de la empresa). El domicilio de dicha empresa y representante se encuentra en Av. Independencia número 5556 despacho 23. Delegación Benito Juárez,  México D.F.

Por la otra parte, y como beneficiaria la empresa Auto transportes civiles, El Condor. S.A de C.V., quien es representada por la Lic. Maria Elena Velazco Gonzáles, quien se identifica con su cedula de identidad número (poner el número correspondiente) quien  cuenta con domicilio en Calzada de los Misterios número 896. México D.F.

Los representantes, están conformes con celebrar el presente contrato, asegurando no tener presión alguna o inconveniente para su participación, la cual es voluntaria.

Ambas partes, se conforman en seguir las exposiciones y lineamientos que se presenten en los puntos siguientes.

Exposiciones:

a)     La empresa “Auto transportes civiles, El cóndor S.A.” Se compromete a aceptar un préstamo participativo de la empresa Asfaltos hidráulicos S.A. de C.V., cediendo todos los derechos correspondientes conforme a la ley y hacer uso del préstamo para inversiones dentro del marco de las actividades propias de su objeto social.
b)    La empresa “Auto transportes civiles, El Cóndor. S.A.” acepta y se compromete a hacer uso de los fondos correspondientes a este préstamo, para realizar inversiones que se encuentren dentro del marco de los principios del objeto social de la empresa.
c)     La empresa “Asfaltos hidráulicos S.A. de C.V.,” se encuentra plenamente conciente de las políticas y la razón social de la empresa “Auto transportes civiles, El Cóndor. S.A.”. y de las funciones y cualidades que le son beneficiosas así como la situación de sus socios.
d)    Que las partes acuerdan libremente otorgar el presente contrato de préstamo participativo, que se regirá por los siguientes

Cláusulas:

DEFINICIONES:

Primero.- Las empresas, “Asfaltos hidráulicos S.A de C.V.,” y “Auto transportes civiles, El Condor. S.A.” están plenamente conformes en ser reconocidas en el presente contrato como:

1.     PRESTAMISTA: “Asfaltos hidráulicos S.A de C.V.,”.
2.     PRESTATARIA: Auto transportes civiles, El Condor. S.A.”
3.     SUMA PRESTADA: $ 17.900.000.00 (diecisiete millones novecientos mil pesos M/N)

 

CONCESIÓN DE PRÉSTAMO PARTICIPATIVO

Segundo.- La empresa PRESTAMISTA concede a la PRESTATARIA, quien lo acepta, un préstamo participativo, por el importe de $ 17.900.000.00 (diecisiete millones novecientos mil pesos M/N), en las condiciones fijadas en este contrato.

I.      El préstamo se de este contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha en que se firme este contrato,  quedando conforme ambas partes con ello, comprometiéndose por parte de la prestataria, a devolver la cantidad prestada junto a los intereses correspondientes.
II.      El presente contrato, es ampliamente susceptible de ser prorrogado previo acuerdo, por periodos de doce meses, contados a partir del día siguiente de la finalización del periodo inicial y cualquier cambio o desistimiento, deberá tener treinta días de anuncio como anticipación.

 

CONSTITUCION Y EXTINCION DEL PRÉSTAMO

Tercero.- La PRESTAMISTA deberá entregar a la PRESTATARIA, en el plazo de diez (10) días desde la fecha de firma de este contrato, la SUMA PRESTADA, mediante transferencia bancaria a la cuenta de la empresa PRESTATARIA número    (poner el número de la cuenta).

I.      La empresa  PRESTATARIA deberá entregar a la PRESTAMISTA, por todo el día de vencimiento del presente contrato, la SUMA PRESTADA más los intereses devengados pendientes de pago, mediante transferencia bancaria a la cuenta número, (poner el número de la cuenta). La PRESTAMISTA podrá cambiar la cuenta bancaria de devolución del préstamo, siendo eficaz tal cambio frente a la PRESTATARIA una vez se le haya notificado el mismo.
II.      Todos los gastos y comisiones de transferencia bancaria serán a cargo de la PRESTATARIA.

INTERESES

QUINTO.-

I.      El presente préstamo devengará un interés variable, que por cada año será equivalente al   % del resultado antes de impuestos de la PRESTATARIA, siempre que dicho resultado sea como mínimo equivalente al 25% de sus ingresos totales netos.
II.      El resultado antes de impuestos se determinará a partir de las cifras que aparezcan en las cuentas anuales aprobadas por la Junta General de la PRESTATARIA correspondientes al último ejercicio cerrado antes de cada uno de los ANIVERSARIOS.
III.      Los intereses se liquidarán en el momento del vencimiento del contrato, y deberán pagarse junto con la devolución de la SUMA PRESTADA. Si en el momento de la liquidación no se hubieran aprobado por la Junta General de la PRESTATARIA las cuentas correspondientes al último ejercicio a computar, cualquiera que sea la causa (incluido el vencimiento anticipado del préstamo), se tomará como resultado antes de impuestos el correspondiente al ejercicio anterior incrementado en un 4% por ciento.
IV.      Para el cálculo de intereses, se entenderá que cada año natural tiene 360 días.

SEXTO.-

VENCIMIENTO ANTICIPADO

1.     La PRESTATARIA tendrá la facultad de extinguir anticipadamente el presente préstamo, total o parcialmente, mediante la devolución de la SUMA PRESTADA más los intereses devengados.
2.     Cualquier incumplimiento de las obligaciones de la PRESTATARIA, así como la concurrencia de cualquiera de las causas descritas en el párrafo Sexto en el punto 3, determinará el vencimiento anticipado del préstamo a instancias de la PRESTAMISTA. A tal efecto, si se produce alguna de las causas de vencimiento anticipado, la PRESTAMISTA remitirá un requerimiento por escrito a la PRESTATARIA, que dispondrá de diez días naturales para subsanar el incumplimiento o eliminar la causa de vencimiento anticipado, si ello fuera posible. Transcurrido dicho plazo sin haberse producido dicha subsanación o eliminación, la PRESTAMISTA podrá resolver el contrato, extinguiendo el préstamo, y la PRESTATARIA, en el plazo de 48 horas desde que reciba la notificación de resolución, deberá restituir a la PRESTAMISTA el importe de la SUMA PRESTADA, los intereses vencidos y cualesquiera otros gastos generados por el incumplimiento, y ello sin perjuicio del derecho de la PRESTAMISTA de reclamarle los daños y perjuicios que se le hubieran causado.
3.     Son causas de vencimiento anticipado del contrato, además de cualquier incumplimiento de las obligaciones de la PRESTATARIA, las siguientes:

a)     El hecho de que la PRESTATARIA cesara en el ejercicio de sus actividades o dejara de cumplir sus obligaciones para con terceros.
b)    El hecho de que se decretara por autoridades judiciales, administrativas o de cualquier otro orden embargo sobre bienes o derechos de la PRESTATARIA.
c)     La solicitud de declaración judicial de quiebra, insolvencia, concurso de acreedores, suspensión de pagos o quita y espera, o situación concursal similar, por parte de la PRESTATARIA, o que alguna de tales declaraciones fuera solicitada respecto a la PRESTATARIA por cualquiera de sus acreedores.
d)    El impago por parte de la PRESTATARIA de cualquier letra de cambio, cheque o pagaré que diera lugar a su protesto.
e)     La interposición contra la PRESTATARIA de cualquier reclamación judicial por incumplimiento contractual, por responsabilidad extracontractual o en reclamación de cantidad.
f)      El hecho de acordar la PRESTATARIA su disolución o liquidación, o incurrir en alguna causa legal de disolución.
g)     La pérdida de valor de los activos de la PRESTATARIA, por cualquier causa (enajenación, siniestro, modificaciones de valor) que represente más de un cincuenta por ciento del valor de su activo inmovilizado conforme a las últimas cuentas anuales aprobadas.
h)     Las modificaciones en la composición de los órganos de administración o del accionariado de la PRESTATARIA que no sean aceptables para la PRESTAMISTA.

 

OBLIGACIONES DE LA PRESTATARIA

SÉPTIMO.- Serán obligaciones de la PRESTATARIA, además de las derivadas del cumplimiento del contrato, las siguientes:

a)     Facilitar a la PRESTAMISTA, no más tarde de dos meses desde el cierre de cada ejercicio, una memoria, balance y cuenta de resultados del ejercicio cerrado, aprobada por la Junta General y,  en caso de solicitarlo la PRESTAMISTA, debidamente auditada por un auditor aceptado por la PRESTAMISTA.
b)    Comunicar a la PRESTAMISTA cualquier variación en la composición del accionariado que afecte a cualquier accionista que ostente o pase a ostentar más de un 5% del capital de la PRESTATARIA, en un plazo de diez días naturales desde que tenga conocimiento de tal variación.
c)     Comunicar a la PRESTAMISTA, con carácter previo a su adopción, cualquier modificación de los estatutos sociales.
d)    Informar inmediatamente a la PRESTAMISTA de cualquier circunstancia que pueda afectar al cumplimiento del presente contrato, de la producción de cualquier causa de vencimiento anticipado y de cualquier evento significativo para la cuenta de resultado de la PRESTATARIA.
e)     Abstenerse de pignorar o hipotecar ningún activo social, así como de afianzar u otorgar garantías de cualquier clase a tercero, sin consentimiento expreso y escrito previo de la PRESTAMISTA.
f)      Otorgar préstamos a terceros a satisfacción de la PRESTAMISTA, a primer requerimiento de ésta.
g)     Pagar todos los gastos bancarios, comisiones, tarifas y cualesquiera otros gastos generados por el préstamo, su devolución y sus intereses.

 

CESION DEL PRESTAMO

OCTAVO.- La PRESTAMISTA podrá ceder el préstamo concertado en este contrato a un tercero sin limitación alguna, con todos los derechos accesorios inherentes al mismo. Dicha cesión será plenamente eficaz frente a la PRESTATARIA desde el momento en que le haya sido notificada.

La PRESTATARIA no podrá ceder este contrato a un tercero, salvo que para ello cuente con el consentimiento expreso y escrito previo de la PRESTAMISTA.

ACUERDO COMPLETO

NOVENO.-

Este documento constituye un acuerdo completo entre las partes con respecto a lo que es objeto del contrato, y sustituye y deja sin efecto cualesquiera comunicaciones orales o escritas o cartas de intenciones previas al mismo.

 

MODIFICACIÓN DEL ACUERDO

DÉCIMO.- Cualquier modificación del presente acuerdo requerirá su reflejo por escrito con la firma de ambas partes.

NO RENUNCIA DE DERECHOS

UNDÉCIMO.- La falta o demora en el ejercicio de cualquier derecho o facultad que conforme a este contrato o a la ley corresponda a cualquiera de las partes no se entenderá nunca como una renuncia a tal derecho o facultad, ni el ejercicio parcial o total de algún derecho o facultad no se entenderá nunca que impida un ejercicio posterior o adicional del mismo derecho o de cualquier otro derecho o facultad reconocidos en este contrato o en la ley.

SEPARABILIDAD

DUODÉCIMO.- Si cualquiera de las disposiciones contenidas en este contrato resultara ser inválida, ilegal o inaplicable en cualquier aspecto conforme a la ley aplicable, las restantes disposiciones del mismo no se verían afectadas de ningún modo y continuarían siendo vinculantes para las partes, las cuales se comprometen, asimismo, a efectuar las modificaciones pertinentes, incluso con efecto retroactivo, de modo que quede finalmente reflejado el espíritu de este contrato y aquello que las partes hubieran presumiblemente acordado si hubieran sido conscientes, en el momento de concluir el contrato, de la invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad de la disposición afectada.

LEY APLICABLE

DECIMOTERCERO.- El presente contrato se regirá por la Ley vigente en el código de comercio del Distrito Federal y se interpretará conforme a la misma.

 

JURISDICCION

DECIMOCUARTO.-

Todas las desavenencias que deriven de este contrato serán sometidas a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de México Distrito Federal, renunciando previamente a las jurisdicciones de cualquier otra residencia dentro o fuera del país.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato, que se extiende por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.

Para dar fe del mismo, se encuentra presente el Lic. (Nombre del notario), quien es notario público, asignado a la notaría pública número (poner el número correspondiente)

Ambas partes, presentan un testigo, que da fe de la veracidad del presente, plasmando sus firmas en la forma debida correspondiente.

México D.F. a 13 de junio de 2012

Firmas de los representantes y testigos de ambas empresas

 

EMPRESA PRESTAMISTA        EMPRESA PRESTATARIA
Representante                        Representante
Fírma                                     Fírma

 

Testigo prestamista                   Testigo prestataria
Firma                                             Firma
 

Notario público
Firma

¿Cómo citar? & Figueroa,V. (s.f.). Ejemplo de Contrato De Préstamo Participativo.Ejemplo de. Recuperado el 26 de Septiembre de 2023 de https://www.ejemplode.com/47-contratos/2190-ejemplo_de_contrato_de_prestamo_participativo.html

Escrito por:
Victor Humberto Clemenceau Figueroa
Licenciatura en Filosofía
Universidad Abierta de México
Última modificación: 2017-05-16

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