El arraigo es una condición por la cual excepcionalmente se puede conseguir el permiso de residencia en España sin la necesidad de tener que regresar al país de origen por una visa.
Existen tres tipos de arraigo: arraigo social, arraigo laboral y arraigo familiar.
El tipo de arraigo que nos interesa tratar es el arraigo familiar, pues es la forma en que los bisnietos del exilio español que son mayores de edad pueden vivir legalmente en España al ser hijos de un español de origen.
Lo primero que se debe hacer es que el padre del bisnieto opte por la nacionalidad de origen a través de la LEY DE MEMORIA HISTORICA.
Una vez que se tenga el acta, el hijo (bisnieto mayor de edad sin posibilidades de optar) deberá viajar a España y una vez estando ahí se podrá acoger al artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, con fecha del 11 de enero que dice:
Artículo 45. Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
3. Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Los documentos que se solicitan son:
1. Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
2. Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.
3. Documentos que acrediten el vínculo familiar.
4. Documentos que acrediten que el padre o la madre hayan sido originariamente españoles.
En el instructivo de la Dirección General de Inmigración DGI/SGRJ/10/2008 y que es de aplicación obligatoria para los funcionarios que expiden los permisos, dice claramente en el último párrafo de su página 4 y primero de la 5, que se permite conceder la residencia por arraigo a los hijos de quienes adquieran la nacionalidad de origen según la disposición transitoria de la ley 52/2007. Así que no hay nada que deducir ni interpretar.
Si en el consulado les dice que no es posible, ESTÁN EN UN ERROR.
Para saber si puedes obtener la nacionalidad como bisnieto, clic aquí.
Guillermo
01.05.12 a las 15:19:22
Hola Morris espero mi pregunta no sea muy complicada e intentare hacerla simple.
Tengo visa de estancia por estudios en Espana *en realidad soy MIR o sea trabajo en un hospital pero por cosas excepcionales a pesar que coticemos a la seguridad social y tengamos un sueldo nos dan visa de estudios e investigacion.
Independientemente he solicitado el arraigo por cirunstancias excepcionales porque mi madre es espanola y me acaban de conceder.
Me convendria aceptar el arraigo y cambiar mi visado de estudios por el de arraigo para poder solicitar mi nacionalidad? es factible eso Morris?.
Gracias desde ya.
Guillermo
Belkis Castellano
12.18.11 a las 20:14:41
tengo una sobrina hija de mi hermana que su padre es español catalán, él las abandonó, ella quiere hacerle la nacionalidad a su hija, y por medio de su hija obtener una residencia española, la niña tiene 12 años, es ésto posible?, y si es así qué organismo se encarga de ello, o qué abogado podría contratar para hacerlo. Agradezco el apoyo que puedan darme al respecto. Gracias
Ma. Cecilia Fdez Suarez
12.14.11 a las 12:19:42
Soy hija de español nacido en Asturias en 1929 sus padres lo llevaron muy chico para Cuba en el año 1957 se hizo ciudadano cubano en 1997 recuparo la ciudadania española yo naci en 1961 y me acogi a su ciudadania por opcion de origen.
Tengo un hijo de 26 años al que no le aceptaron acogerse a la ciudadania de su abuelo existe alguna posibilidad a que con la ley de Arraigo Familiar pueda yo reagruparlo a mi.
Saludos y muchas gracias de antemano.
Caro
11.16.11 a las 9:10:48
Hola buenos días.
Les hago una consulta.
Mis bisabuelos eran españoles, llegaron a Uruguay en 1913.
Allí tuvieron a mi abuela.
Mi madre fue al consulado a hacer el trámite por la LMH, y para nuestra sorpresa, realizo el tramite como hija de española, ya que consideraron a mi abuela española de origen, por ser hija de padres gallegos.
La pregunta es, si yo entonces puedo hacer el tramite como nieta?
Me queda la duda de la LMH si llego a quedar amparada o no, ya que en realidad mi abuela es española de origen pero no es exiliada ni emigrada, sino nacida en Uruguay....
Gracias!!
paty
11.14.11 a las 10:19:58
Hola mi esposo es Argentino y mi suegro es hijo de español, el abuelo de mi marido vino de niño a la Argentina, la pregunta es a mi esposo le pueden dar la nacionalidad española, pero mi esposo es adoptado, legalmente es hijo, la pregunta es aun así se la pueden dar???
Gustavo Bruno
10.31.11 a las 19:31:54
Saludos, Morris. Soy de Argentina, pero si no es molestia quisiera hacerte una consulta, pues veo que estás muy informado :). Soy bisnieto de español, y mi madre, por la LMH, obtuvo recientemente la nacionalidad española de origen. Además, he obtenido una beca por 6 meses para cursar estudios en la Universidad de La Rioja, con lo cual debo tramitar una visa de estudiante por 6 meses justamente. Luego de esa estancia, estoy interesado y tengo planes de permanecer uno o dos años más para hacer estudios de posgrado. Quisiera saber si mediante la Ley de Arraigo puedo tramitar permanecer en España luego de que la visa de estudiante se termine, si no generará conflictos, y si podría yo lograr que la estadía de 6 meses cuente, en tiempo, para la obtención de la ciudadanía. Es algo que sería muy valioso en mis aspiraciones profesionales, pues en España puedo acceder a estudios especializados que en mi país no hay, y contar con la ciudadanía sería de gran ayuda, sin duda. Agradezco de antemano tu atención, y si no he sido claro te pido me lo hagas saber, así explico en más detalle lo que haga falta.
Saludos - Gustavo.
zurelys
10.29.11 a las 21:09:42
hola ,necesito por favor que me saque de una duda,mi mama es bisnieta de un ciudadano español,a ella le dijeron que los nietos de las personas que nacieron en cuba durante la colonia de espana pueden optar por la ciudadanía y quisiera sabe si eso es verdad, muchas gracias por su atención y espero por su respuesta.