Los bisnietos de españoles pueden acceder a la nacionalidad española, siempre y cuando cumplan con dos requisitos muy importantes:
1. Ser menor de edad
2. Que alguno de los padres hayan optado por la nacionalidad de origen a través de la nueva ley de memoria histórica
De ser así un bisnieto puede optar a la nacionalidad española no de origen por estar bajo la patria potestad de un español.
No es necesario hacer cita, si el bisnieto es menor de 14 años, sólo deberán presentarse a firmar los padres.
El hijo deberá presentarse a ratificar en un periodo de no más de dos años a partir de la emancipación.
Los bisnietos y nietos excluídos tienen esta otra opción LEY DE ARRAIGO FAMILIAR.
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